Título TITULO VI

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 9 oct 1998
Los permisos de investigación y concesiones de explotación otorgados al amparo de la Ley 21/1974, de 27 de junio, sobre régimen jurídico de la investigación y explotación de hidrocarburos, o anteriores, se regirán por dicha Ley, salvo manifestación expresa de los titulares, de su deseo de acogerse a la regulación que para dichos permisos y concesiones establece la presente Ley.
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eli/es/l/1998/10/07/34#disposicion-transitoria-primera

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