Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición modificativa
En vigor desde 8 nov 2010
1. Se modifica el apartado 2 del artículo 1 de la Ley 38/1991, de 30 de diciembre, de instalaciones destinadas a actividades con niños y jóvenes, que queda redactado del siguiente modo:
«2. La edad de los niños y la de los jóvenes, a los efectos de la presente ley, es la que establece la normativa sectorial correspondiente.»
2. Se modifican los artículos 1, 2, 5 y 9 y la disposición adicional segunda de la Ley 38/1991, de 30 de diciembre, de instalaciones destinadas a actividades con niños y jóvenes, de forma que las referencias que dichas disposiciones realizan a «instalaciones destinadas a actividades con niños y jóvenes», «instalaciones destinadas a los niños y los jóvenes», «instalaciones para niños y jóvenes», «instalaciones juveniles de ocio» e «instalaciones juveniles» quedan sustituidas por «instalaciones destinadas a actividades de ocio con niños y jóvenes».
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Proeli/es-ct/l/2010/10/01/33#disposicion-modificativa