Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional decimosexta

En vigor desde 4 feb 2004
La Dirección General del Patrimonio del Estado informará preceptivamente los anteproyectos de ley y los proyectos de disposiciones de carácter general que afecten a la regulación de la gestión del Patrimonio del Estado o impliquen la redistribución de masas patrimoniales entre diversos agentes vinculados a la Administración General del Estado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2003/11/03/33#disposicion-adicional-decimosexta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil