Libro LIBRO V›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 297
En vigor desde 30 abr 2008
En sus funciones como órgano de contratación del sistema estatal de contratación centralizada, el Director General del Patrimonio del Estado estará asistido por una Mesa de contratación interdepartamental, cuya composición se determinará reglamentariamente.
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Proeli/es/l/2007/10/30/30#art-297