Título TITULO IV
Art. Artículo veintinueve
En vigor desde 1 ene 1973
Se crea la Junta Económica Interprovincial de Canarias con eI carácter de órgano consultivo y de propuesta a la Administración del Estado en relación con las materias económicas y fiscales a que se refiere el artículo siguiente.
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Proeli/es/l/1972/07/22/30#articulo-veintinueve