Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 30 jun 2026
A la entrada en vigor de la presente ley, el Cabildo Insular de Lanzarote pasará a denominarse «Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2026/06/16/3#disposicion-adicional-cuarta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil