Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª El Pleno del cabildo insular

Art. 55

En vigor desde 30 jun 2026
1. Como órgano complementario del Pleno se constituirá la Junta de Portavoces, integrada por el presidente o presidenta del Pleno o el miembro electo en quien delegue, y por las portavocías de los grupos políticos constituidos en el cabildo. 2. La constitución, funcionamiento y atribuciones de la Junta de Portavoces se regirá por las normas de carácter orgánico aprobadas por el Pleno del cabildo insular.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2026/06/16/3#art-55

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil