Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 83
En vigor desde 9 abr 2026
Los cultivos temporales con especies herbáceas en montes, cuyo objetivo sea la mejora de los pastos o el control del matorral y no conlleven la corta de ejemplares arbóreos o arbustivos, no tendrán la consideración de cambio de uso forestal ni de modificación de la cubierta vegetal.
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Proeli/es-an/l/2026/03/13/3#art-83