Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VII

Art. 74

En vigor desde 9 abr 2026
Para evitar la pérdida del carbono almacenado y que la vegetación forestal pueda seguir ejerciendo sus funciones hidrológico-protectoras y de mantenimiento de los hábitats para la biodiversidad y el paisaje, se promoverán tratamientos selvícolas de mejora de los ecosistemas forestales.
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eli/es-an/l/2026/03/13/3#art-74

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