Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 13

En vigor desde 22 mar 2022
En materia demográfica y territorial, le corresponden al Consejo de Gobierno las siguientes competencias: a) La superior coordinación e impulso de la política demográfica y territorial. b) Aprobar la Estrategia ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura. c) Garantizar la aplicación transversal y la incorporación efectiva de la perspectiva demográfica y territorial en todas las políticas sectoriales. d) Establecer las directrices de la actuación autonómica en materia demográfica y territorial. e) Realizar el seguimiento y evaluación del desarrollo de las políticas en materia demográfica y territorial, partiendo del informe anual de seguimiento de las medidas adoptadas que la Comisión Interdepartamental de Población le elevará. f) Elaborar una propuesta de Pacto Político y Social ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura.
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eli/es-ex/l/2022/03/17/3#art-13

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