Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 30 ago 2021
La presente ley entrará en vigor al mes de su completa publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». No obstante, aquellas previsiones que requieran un desarrollo reglamentario específico producirán efectos el mismo día en que cada uno de ellos entre en vigor».
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Proeli/es-mc/l/2021/07/29/3#disposicion-final-cuarta