Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición adicional duodécima

En vigor desde 2 ago 2020
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia reforzará el Cuerpo de Inspectores dotándolo de medios y personal suficiente para velar por el cumplimiento de esta ley y las normativas y desarrollos reglamentarios que se dicten.
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eli/es-mc/l/2020/07/27/3#disposicion-adicional-duodecima

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