Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 56

En vigor desde 1 may 2019
Las empresas, en el ejercicio de la actividad de promoción de ventas, pueden utilizar todo tipo de medios, siempre y cuando sean aceptados por el ordenamiento jurídico, respetando los intereses económicos y sociales de las personas consumidoras.
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eli/es-cm/l/2019/03/22/3#art-56

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