Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 5.ª Procedimiento de otorgamiento de la autorización de instalación de nuevas oficinas de farmacia
Art. 37
En vigor desde 30 jul 2019
Las personas adjudicatarias de los concursos de traslado o de nueva apertura que no procediesen a la apertura de la correspondiente oficina de farmacia en los términos que reglamentariamente se establezcan no podrán participar en el siguiente concurso de traslado o de nueva adjudicación, respectivamente, que se convoque.
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Proeli/es-ga/l/2019/07/02/3#art-37