Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 55

En vigor desde 1 ene 2020
1. La coordinación, colaboración y cooperación entre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales y la administración de justicia se establecerá de acuerdo con la normativa sectorial reguladora en ambas materias, entre otras. 2. Para procurar la protección jurídica y social, una atención más eficiente, mayor sinergia y aprovechamiento de las prestaciones, los servicios sociales y la administración de justicia garantizarán su complementariedad, con el fin de evitar duplicidades y ofrecer una respuesta de atención que vele por los derechos y libertades de las personas usuarias, especialmente ante situaciones de violencia de género y machista, desamparo y tutelas adolescentes con medidas judiciales, entre otras. Se añade el título por el de la Ley 9/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1010

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2019/02/18/3#art-55

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil