Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final primera

En vigor desde 20 jun 2019
Los preceptos que eventualmente comporten gastos con cargo a los presupuestos de la Generalidad producen efectos a partir de la entrada en vigor de la ley de presupuestos correspondiente al ejercicio presupuestario inmediatamente posterior a la entrada en vigor de la presente ley.

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DOGC-f-2019-90507#disposicion-final-primera

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