Título TÍTULO V
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 24 feb 2018
Los órganos de gobierno de las Cámaras continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta que se constituyan los nuevos órganos de gobierno tras la finalización del correspondiente proceso electoral, de acuerdo con lo previsto en la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, y lo dispuesto en la presente ley.
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Proeli/es-ex/l/2018/02/21/3#disposicion-transitoria-tercera