Título TÍTULO V
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 24 feb 2018
1. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual e inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente ley y, en particular, la Ley 17/2001, de 14 de diciembre, de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Extremadura.
2. El Decreto 23/2002, de 11 de marzo, por el que se regula el régimen electoral para la renovación del Pleno de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se mantendrá en vigor, en cuanto no se oponga a esta ley y hasta tanto se dicten las normas reglamentarias sustitutorias.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2018/02/21/3#disposicion-derogatoria-unica