Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 2

En vigor desde 10 dic 2015
1. En el ámbito de la Administración General de la Comunidad, de sus organismos autónomos y de sus entes públicos de derecho privado cuando ejerzan potestades administrativas, el acceso a la información objeto de publicidad activa y la participación ciudadana en los asuntos públicos regulados en esta ley se facilitará a través del Portal de Gobierno Abierto integrado en la Web Corporativa de la Junta de Castilla y León. 2. El Portal de Gobierno Abierto incluirá la información de la Administración General de la Comunidad y de sus organismos autónomos cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia. 3. A los efectos de la publicidad activa del resto de los organismos y entidades del sector público autonómico relacionados en el artículo 2.1.de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León y de las asociaciones constituidas por estos, el Portal de Gobierno Abierto podrá habilitar los correspondientes enlaces con sus páginas Web o sedes electrónicas. 4. El Portal de Gobierno Abierto publicará la información que, a tal efecto, le faciliten las entidades sin ánimo de lucro a las que se refiere el artículo 5.4, párrafo segundo, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, cuando provengan de la Administración de la Comunidad de Castilla y León la mayor parte de las ayudas o subvenciones concedidas. 5. El portal de Gobierno Abierto podrá ser utilizado también como medio para publicar el contenido de los proyectos de disposiciones generales que deban someterse a trámite de audiencia o información pública, salvo que la normativa básica del Estado o una norma con rango de ley disponga otra cosa.
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eli/es-cl/l/2015/03/04/3#art-2

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