Título TÍTULO I
Art. 5
En vigor desde 25 feb 2014
Las infracciones del régimen de horarios comerciales tipificadas por la presente ley son las siguientes:
a) La apertura del establecimiento comercial en horario o período no autorizado.
b) El incumplimiento del tiempo máximo de apertura del establecimiento comercial.
c) La apertura del establecimiento comercial en domingo o día festivo no incluido en el calendario anual.
d) La falta de exposición del horario de apertura del establecimiento comercial de forma visible al público, incluso con el establecimiento cerrado.
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Proeli/es-ct/l/2014/02/19/3#art-5