Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 90

En vigor desde 14 abr 2012
El ejercicio de la potestad sancionadora en materia administrativo-deportiva corresponde a la Administración deportiva autonómica sobre cualquier persona física o jurídica, por la comisión de las infracciones administrativas tipificadas en la presente ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2012/04/02/3#art-90

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil