Art. 90
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 90

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En vigor desde 14 abr 2012
El ejercicio de la potestad sancionadora en materia administrativo-deportiva corresponde a la Administración deportiva autonómica sobre cualquier persona física o jurídica, por la comisión de las infracciones administrativas tipificadas en la presente ley.
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