Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Régimen de los aprovechamientos forestales en los restantes montes
Art. 58
En vigor desde 16 may 2009
Reglamentariamente se determinará el régimen de los aprovechamientos forestales que no tengan la condición de maderables o leñosos.
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Proeli/es-cl/l/2009/04/06/3#art-58