Título TÍTULO PRIMEROCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Suelo urbanizable

Art. 16

En vigor desde 30 sept 2009
1. El plan general podrá distinguir las categorías de suelo urbanizable delimitado y suelo urbanizable no delimitado. 2. Tendrán la consideración de suelo urbanizable delimitado los sectores de urbanización prioritaria previstos por el plan general. Todo el suelo urbanizable restante tendrá la consideración de suelo urbanizable no delimitado.
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eli/es-ar/l/2009/06/17/3#art-16

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