Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 1 ene 2013
La presente Ley entrará en vigor al mes de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Se suprime el inciso final del párrafo 1 por la disposición final 3.2 de Ley 14/2012, de 27 de diciembre Ref. BOE-A-2013-1927 .

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eli/es-mc/l/2009/05/11/3#disposicion-final-tercera

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