Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 45 bis
En vigor desde 1 ene 2025
Se crea el Registro de Municipios Mineros de Galicia, en el que se inscribirán todos los municipios mineros declarados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Este registro será público y dependerá del centro directivo con competencias en materia de minería.
Se añade por el .5 de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-2145
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2008/05/23/3#art-45-bis