Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 31
En vigor desde 17 jun 2008
La Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales» y sus sociedades filiales favorecerán la plena integración y desarrollo de las personas con discapacidad auditiva y visual, activando medidas y utilidades que faciliten su acceso a las producciones audiovisuales de las distintas programaciones y a los contenidos y servicios conexos e interactivos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2008/06/16/3#art-31