Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Estructura organizativa y funcional
Art. 12
En vigor desde 14 jun 2026
1. La Agencia Tributaria se estructura en departamentos y en áreas funcionales, por razón de la materia, así como en servicios centrales y territoriales, por razón del territorio, a efectos de la desconcentración de las funciones que así lo requieran.
2. Corresponde al consejero o a la consejera competente en materia de hacienda, mediante orden, desarrollar la estructura orgánica de la Agencia Tributaria y determinar las funciones de los correspondientes órganos y unidades administrativas.
Se modifica el apartado 1 por la disposición final 59.2 de la Ley 4/2026, de 11 de junio. Ref. BOE-A-2026-15579#df-59
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2008/04/14/3#art-12