Art. 12

En vigor desde 11 may 2007
1. El personal del Instituto Vasco Etxepare se regirá por las normas de Derecho laboral y, en su caso, por la normativa vigente en los países donde se haga la contratación. 2. La selección del personal habrá de hacerse de acuerdo con los principios de mérito, capacidad y publicidad. 3. El personal docente dependiente del Instituto Vasco Etxepare deberá estar en posesión de la titulación y formación didáctica adecuada para la enseñanza del euskera.
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eli/es-pv/l/2007/04/20/3#art-12

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