Título TÍTULO VI

Art. Disposición transitoria sexta

En vigor desde 31 may 2005
El Consejo Interuniversitario elaborará y elevará a la consideración y aprobación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia su Reglamento de Organización y Funcionamiento en un plazo de seis meses, contado a partir de la entrada en vigor de esta Ley.
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eli/es-mc/l/2005/04/25/3#disposicion-transitoria-sexta

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