Título TÍTULO IV

Art. 86

En vigor desde 30 abr 2005
De conformidad con lo establecido en la Ley 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, son personas infractoras menores de edad quienes sean objeto de una medida impuesta por el juez de menores por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales.
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eli/es-pv/l/2005/02/18/3#art-86

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