Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 4.ª De los archivos de las entidades locales

Art. 34

En vigor desde 17 jun 2005
Los archivos de las entidades locales forman parte de la administración correspondiente y tienen como misión la conservación, organización y difusión de los documentos producidos y recibidos por las respectivas entidades en el ejercicio de sus funciones.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2005/06/15/3#art-34

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil