Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 4.ª De los archivos de las entidades locales
Art. 34
35 / 78En vigor desde 17 jun 2005
Los archivos de las entidades locales forman parte de la administración correspondiente y tienen como misión la conservación, organización y difusión de los documentos producidos y recibidos por las respectivas entidades en el ejercicio de sus funciones.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2005/06/15/3#art-34