Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional novena
En vigor desde 5 abr 2003
La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería competente en la materia, realizará con el Consejo de Universidades de Castilla y León la promoción de las Universidades públicas de la comunidad autónoma en el ámbito internacional, con especial deferencia a la comunidad universitaria iberoamericana, fomentando el acceso a aquellas de los alumnos que reúnan las condiciones exigidas por la legislación general.
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Proeli/es-cl/l/2003/03/28/3#disposicion-adicional-novena