Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 20 jun 2002
El incumplimiento de la normativa vigente en materia de comercialización y venta de libros, se considerará infracción administrativa en materia de comercio y de la actividad comercial y será sancionada conforme a lo dispuesto en el capítulo II del título IV de la Ley de la Generalitat Valenciana 8/1986, de 29 de diciembre, de Ordenación del Comercio y Superficies Comerciales, y demás normas de desarrollo.
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Proeli/es-vc/l/2002/06/13/3#disposicion-adicional-sexta