Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
En vigor desde 15 may 2001
Los principios inspiradores de la regulación contenida en la presente Ley y a los que deberá ajustarse su desarrollo reglamentario son:
a) La realidad e incidencia social de los mismos y sus repercusiones económicas y tributarias.
b) La diversificación empresarial del juego y las apuestas, favoreciendo la transparencia en el mercado y la concurrencia en condiciones de igualdad de las personas físicas y jurídicas dedicadas a la explotación de los juegos y apuestas.
c) No fomentar el hábito del juego, así como reducir sus efectos negativos, en particular con relación a los menores de edad y los incapacitados judicialmente.
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Proeli/es-as/l/2001/05/04/3#art-4