Art. 1
En vigor desde 11 abr 1999
Se crea el Colegio Profesional de Protésicos Dentales de las Illes Balears como una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Su estructura interna y su funcionamiento deberán ser democráticos y se regirá, en sus actuaciones, por la normativa básica estatal en materia de colegios profesionales, por la Ley 10/1998, de 14 de diciembre, por la presente Ley de Creación y por sus propios Estatutos y demás normas internas y por cuantas le sean de general o subsidiaria aplicación.
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Proeli/es-ib/l/1999/03/31/3#art-1