Título TÍTULO III

Art. 66

En vigor desde 30 mar 1999
Los bienes del patrimonio cultural de Aragón que presenten interés paleontológico o arqueológico se regirán por lo establecido con carácter general para la protección de tal patrimonio en esta Ley, sin perjuicio de las reglas específicas contenidas en el presente título.
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eli/es-ar/l/1999/03/10/3#art-66

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