Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 26
En vigor desde 30 mar 1999
1. Se constituye el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés como un registro de carácter administrativo gestionado por la Dirección General del Departamento responsable de patrimonio cultural, en el que se incluirán los bienes catalogados del patrimonio cultural aragonés, así como las transmisiones, traslados e intervenciones que afecten a los mismos.
2. El acceso al catálogo será público, en la forma que se determine reglamentariamente.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/1999/03/10/3#art-26