Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 41

En vigor desde 20 jun 2012
Los compromisarios y Consejeros generales habrán de reunir los siguientes requisitos: a) Ser persona física con residencia habitual en la Región o zona de actividad de la Caja. b) Ser mayor de edad y no estar incapacitado. c) Tener la condición de impositores durante el desempeño del cargo. d) Para ser elegido compromisario o consejero general por el grupo de los impositores, se requerirá ser impositor de la caja de ahorros a que se refiere la designación, con una antigüedad superior a dos años en el momento del sorteo o elección. Asimismo, deberá haber mantenido en el semestre natural anterior a la fecha del sorteo o elección un movimiento o un saldo medio en cuentas no inferior a lo que se determine en los estatutos y reglamento electoral de la caja de ahorros. e) Los Consejeros generales representantes del personal deberán pertenecer a la plantilla fija de la entidad y tener una antigüedad de más de dos años en la misma. f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que hubieran contraído con la Caja de Ahorros por sí mismos o en representación de otras personas o entidades. g) No estar incurso en las causas de inelegibilidad o incompatibilidad recogidas en el artículo siguiente. Se modifica la letra d) por el art. único.19 de la Ley 4/2012, de 15 de junio. Ref. BOE-A-2013-1789 Se modifica la letra d) por el art. único.3 de la Ley 1/2004, de 24 de mayo. Ref. BOE-A-2005-14340 Se modifica la letra d) por el art. único.12 de la Ley 5/2003, de 10 de abril. Ref. BOE-A-2004-2432 Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BORM núm. 182, de 8 de agosto de 2003. Ref. BORM-s-2003-90256

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eli/es-mc/l/1998/07/01/3#art-41

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