Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 30
En vigor desde 20 jun 2012
La administración, gestión, representación y control de las cajas de ahorros corresponde a los siguientes órganos de gobierno:
a) La Asamblea General.
b) El Consejo de Administración.
c) La Comisión de Control.
Adicionalmente, serán órganos de las cajas de ahorros el Director General y las comisiones de Inversiones, Retribuciones y Nombramientos, y la Obra Benéfico Social.
Se modifica por el art. único.9 de la Ley 4/2012, de 15 de junio. Ref. BOE-A-2013-1789
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/1998/07/01/3#art-30