Art. Disposición final primera
En vigor desde 4 jul 1997
La Universidad Pablo de Olavide, desde el momento de su creación, dispondrá de financiación con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma, gozando de participación independiente, como el resto de las Universidades de Andalucía, del presupuesto establecido para las enseñanzas universitarias.
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