Capítulo CAPÍTULO II

Art. 5

En vigor desde 4 jul 1994
La calificación legal de empresas artesanas se acredita mediante su inscripción en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sea crea al efecto.
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eli/es-ex/l/1994/05/26/3#art-5

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