Art. 5
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 5

5 / 14
En vigor desde 4 jul 1994
La calificación legal de empresas artesanas se acredita mediante su inscripción en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sea crea al efecto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/1994/05/26/3#art-5