Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 24

En vigor desde 24 mar 1991
Para las elecciones a la Diputación General, el órgano competente para todas las operaciones previstas en relación con la presentación y proclamación de candidatos será la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/1991/03/21/3#art-24

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil