Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 11

En vigor desde 5 ago 1990
1. Corresponde a los funcionarios de Administración General el desempeño de las funciones generales o comunes en el ejercicio de la actividad administrativa. 2. Los Cuerpos de Administración General son los siguientes: a) Técnico, Grupo A. b) Gestión, Grupo B. c) Administrativo, Grupo C. d) Auxiliar, Grupo D. e) Subalterno, Grupo E.
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eli/es-ri/l/1990/06/29/3#art-11

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