Título TÍTULO IV

Art. 25

En vigor desde 22 mar 1990
Cuando los documentos constitutivos del Patrimonio Documental Canario ofrezcan dificultades de acceso y consulta, el Gobierno de Canarias y los Cabildos Insulares arbitrarán las medidas necesarias para solventarlas.
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eli/es-cn/l/1990/02/22/3#art-25

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