Art. 4

En vigor desde 25 jun 1986
El importe global de las ayudas monetarias se consignará anualmente en la Ley de Presupuestos de la Comunidad, por lo que su aplicación estará sujeta al control financiero, de acuerdo con la legislación presupuestaria vigente.
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eli/es-md/l/1986/06/12/3#art-4

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