Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 18

En vigor desde 18 abr 1991
Como órgano interno de coordinación administrativa, de informe y asesoramiento en materia de políticas de gestión de personal, se crea la Comisión Superior de Personal, cuya composición y funciones serán reguladas por Decreto del Consejo de Gobierno. Se modifica por el de la Ley autonómica 4/1991, de 4 de abril. Ref. BOE-A-1991-12092 .

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eli/es-as/l/1985/12/26/3#art-18

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