Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 6
DerogadoEn vigor desde 8 may 1984
El Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha preside y dirige la acción del Consejo de Gobierno Regional y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de ellos en el ejercicio de sus funciones.
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Proeli/es-cm/l/1984/04/25/3#art-6